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El tribunal admite un recurso que analizará las actas de la Inspección que tumban deducciones fiscales que cuentan con un informe favorable del Ministerio de Ciencia

Óscar Giménez27/11/2023 – 05:00

El Tribunal Supremo acabará con la situación de inseguridad jurídica a la que se enfrentan las empresas que se deducen inversiones tecnológicas con informes favorables del Ministerio de Ciencia e Innovación, y que cuestiona la Inspección de Hacienda. Hay una inversión anual de 3.000 millones que estaría en juego, según cálculos empresariales.

La Inspección de Hacienda ha cuestionado en los últimos años un sistema que lleva en vigor desde 2003 y que consiste en que las empresas obtienen un certificado del Ministerio de Ciencia e Innovación que justifica que hay una innovación en determinadas inversiones tecnológicas, asegurándose de que, de este modo, podrán obtener una deducción en el impuesto de sociedades equivalente al 12% de esa inversión.

Muchas empresas han recurrido a ese informe del Ministerio de Ciencia e Innovación que califica las inversiones como innovación tecnológica, y que según estimaciones de Afidi, asociación de consultoras especializadas en la financiación de I+D+i, suponen inversiones de 3.000 millones anuales y más del 60% de los proyectos de este campo.

Sin embargo, la Inspección de Hacienda ha cuestionado en los últimos años que el informe sea válido para justificar las deducciones, lo que ha provocado inseguridad jurídica. Diferentes actas señalan que el concepto al que se refiere el ministerio es más amplio que el fiscalmente deducible, y que la Administración Tributaria es la competente para determinar si los proyectos desarrollados son deducibles en el impuesto de sociedades.

Los tribunales económico-administrativos de Hacienda dieron la razón a la Inspección, pero luego la Audiencia Nacional cuestionó la carga de la prueba de las primeras actas. El Supremo rechazó un recurso de casación del abogado del Estado. Sin embargo, actas posteriores se armaron con más argumentos, a partir del equipo informático de la Agencia Tributaria, y la Audiencia Nacional viró su posición en 2022.

Ahora, según un fallo al que ha tenido acceso este medio, el Supremo ha admitido un recurso de casación presentado por Cecabank, por un acta de la Inspección con una deuda tributaria de 1,9 millones por deducciones fiscales por I+D+i. Se trata de un recurso relevante para sectores como el bancario, seguros e industrial, que han usado recurrentemente el informe del Ministerio de Ciencia e Innovación para desgravarse inversiones en tecnología.

Se trata de un recurso relevante para sectores como el bancario, seguros o industrial

«Es importante que el Supremo considere que hay interés casacional, porque hay inseguridad jurídica con inversiones desde que la Inspección empezó a cuestionar una herramienta que se reguló en 2003, y después con el cambio de criterio de la Audiencia Nacional», explica Víctor Cruz, director de Estrategia de Servicio de FI Group y presidente de Afidi.

El Supremo ha admitido el recurso porque considera que hay interés casacional objetivo para formar jurisprudencia por tres razones. La primera es determinar si el equipo de apoyo informático de la Administración Tributaria puede ser quien decida que los gastos no son deducibles. La segunda, si se puede negar la deducción por innovación tecnológica, pese a que hay un informe vinculante emitido por la propia Administración del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación. Y, en tercer lugar, si se puede cuestionar el valor probatorio del dictamen vinculante del ministerio.

 

https://www.elconfidencial.com/economia/2023-11-27/supremo-hacienda-inspeccion-deducciones-innovacion_3781314/