La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha recibido al Comité de Personas Expertas para la Reforma del Sistema Tributario, que le han hecho entrega del Libro Blanco, un informe en el que han trabajado en los últimos diez meses y donde se recogen sus sugerencias en materia de fiscalidad, con el objetivo final de modernizar el sistema tributario español.
Desde AFIDI nos congratulamos de que en dicho documento se recogen muchas de las medidas de mejora en la fiscalidad a la I+D+i en España que llevamos reclamando en los últimos años.
Concretamente, destacamos las siguientes medidas propuestas por el Comité de Personas Expertas para la Reforma del Sistema Tributario:
Medidas de carácter general
- Exclusión de las deducciones por I+D e IT del cómputo de la base imponible positiva previa sobre la que se establece la tributación efectiva mínima del 15% a las entidades con CNN superior a los 20 millones de euros en el IS español.
- Compatibilidad para todas las entidades de los incentivos fiscales a la I+D+i y las bonificaciones a la Seguridad Social del personal investigador.
- Refuerzo de la seguridad jurídica y simplificación del proceso de acreditación del gasto en I+D+i fiscalmente deducible
- Impulsar la dimensión consultiva y de evaluación vinculante por parte de un ente o entes de la Administración Pública que tengan la capacidad científico-técnica para realizar esa función con la dotación de medios necesaria y con la adopción de criterios de selección y evaluación competitivos.
- Creación de un procedimiento simplificado de acreditación para proyectos de menor dimensión y menor complejidad técnica, cuya cuantía no supere un rango a determinar entre los 100.000 y los 250.000 euros.
- Determinación de la base de las deducciones por I+D e IT
- I+D: incrementar al 25% el porcentaje de deducción por el gasto en el personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a estas actividades, y al 10% el porcentaje a aplicar en las inversiones en inmovilizado material e intangibles que se encuentren afectas a las actividades de I+D, excluyendo terrenos y edificios.
- I+D: incluir como gastos fiscalmente deducibles los proyectos de software vinculados al Big Data, la Inteligencia Artificial o la Industria 4.0.
- I+D e IT: valorar la posibilidad de incluir como componentes en la base de la deducción gastos e inversiones vinculados a las áreas prioritarias financiadas por el Programa Next Generation EU: digitalización, medio ambiente y salud.
- Límites de aplicación de las deducciones de I+D+i
- Establecer que el límite general de cada una de las deducciones, I+D e IT, por separado será del 25% de la cuota íntegra minorada.
- La actual elevación de este límite de aplicación al 50% de la cuota íntegra minorada para las em-presas innovadoras se establecería, por coherencia, de manera separada para cada deducción.
- Incrementar los requerimientos de información (declaración informativa) de las entidades innovadoras relativos a la composición del gasto en I+D+i, tanto los gastos fiscalmente deducibles como el resto de gastos para todas las entidades innovadoras, con el objetivo de mejorar el diseño de la política de innovación y evaluar la efectividad de los beneficios fiscales.
Medidas de carácter específico
Ámbito de aplicación: entidades con gasto reconocido como fiscalmente deducible en IT hasta 1 millón de euros, y en I+D de hasta 5 millones de euros:
Eliminación del límite de aplicación de las respectivas deducciones sobre la cuota íntegra minorada y, en caso de insuficiencia de cuota, aplicación de la monetización en el ejercicio de la liquidación, sin descuento alguno de las cantidades devengadas y sin requisito adicional para su aplicación.
Para más detalles, en los siguientes vínculos están los documentos y la noticia relacionada: